viernes, 8 de mayo de 2015

Artículo 250.- Implementación inicial del CONNA LEPINA

Mientras no se proceda a la elección de los miembros representantes de la sociedad civil organizada ante el Consejo Directivo de CONNA, conforme al reglamento que este debe aprobar, el Órgano Ejecutivo en el ramo de Educación promoverá que las organizaciones no gubernamentales, nombren democrática y temporalmente a personas honorables para que ocupen tales puestos. Los miembros representantes de la sociedad civil así nombrados durarán en sus funciones un año, contados a partir del momento que estuviere completo.

Comentario: Esto eses de tipo transitorio ya que antes no ha existido, estamos partiendo de cero, pero lo más importantes es que debe de existir una voluntad política para hacerlo funcionar, ya han pasado 7 años de que la Ley se da y apenas parece que se ha formado el CONNA no se ha llegado a los comités departamentales y  mucho menos a los municipales, de las nuevas autoridades recién nombradas no hay un solo alcalde que tome protagonismo en este campo.

En lo personal lo he propuesto al alcalde entrante para constituir el Comité Departamental del municipio de Santa Ana, para ayudar a su conformación.

En la primera sesión el Consejo Directivo deberá nombrar al Director Ejecutivo y emitir las directrices pertinentes para la implementación del Sistema Nacional de Protección. El CONNA, en el primer año de vigencia de la Ley, deberá coordinar acciones necesarias para:

a)      Para apoyar a la constitución de los Comités Departamentales de los Derechos de la niñez y de la adolescencia y las Juntas de protección Departamentales de la Niñez y la Adolescencia; y,
b)      Apoyar al ISNA en el proceso de reestructuración y adecuación de su organización y funcionamiento a las disposiciones de la presente ley.

Comentario: Esta es la razón por la cual nos encontramos perdidos ya que muchas de las funciones del ISNA son hoy del CONNA y el ISNA no aterriza en sus nuevas funciones y el COONNA no sabe qué hacer, pro toda innovación y cambio drástico es así hasta que las aguas toman sus niveles y pueden pasar muchos años para que este proceso se asimilado.


Santa Ana, 08 de mayo de 2015.

miércoles, 6 de mayo de 2015

Artículo 149.- Programa de inscripciones tardías LEPINA

La corporación de Municipalidades de la República de El Salvador, en cooperación con los gobiernos locales dentro de los cinco años siguientes a la entrada en vigencia de la presente Ley, deberá ejecutar un programa de asistencia técnica para que las municipalidades procedan a realizar las inscripciones de los nacimientos de las niñas y los niños acontecidos en su circunscripción territorial, siempre que al momento de dicha inscripción estos no fueran mayores de doce años.

Comentario: Esto es bueno pero porque limitarlo a los menores de 12 años, con frecuencia nos encontramos con niños que no están inscritos pero el problemas que los padres de estos menores tampoco lo estén, lo he llamado hijos de personas que legalmente no existen y que son mayores de 21, para arreglar estos entuertos solicitamos ayuda al jurídico del hospital pero el tramite es largo y engorroso, se debería proceder a la inscripción del niño y buscar un mecanismo expedito  para la inscripción de los padres, en nuestro hospital los niños que tienen padres que existen legalmente ya salen con partida de nacimiento pero hay muchos que se encuentran en esta situación, COMURES (Corporación de Municipalidades de El Salvador) brilla por su ausencia, o no tiene capacidad para hacerlo o no conocen este artículo de la presente Ley, el estado por medio del Ministerio del Interior y las gobernaciones Departamentales son al final los responsables.

Esta ha sido una preocupación de Programa de Pediatría Social y del Departamento de Pediatría del Hospital Nacional San Juan de Dios de Santa Ana, gracias a uno de los maestros de nuestro Departamento muy recordado por nosotros Jaime Napoleón Cárcamo Rodríguez quien hace mas de 30 años se interesó en este problema.

Dicho programa deberá permitir la movilización de Unidades de Registro del Estado Familiar de cada municipio, para que se dirijan a las colonias, barrios y cantones de sus respectivas circunscripciones con el objetivo de facilitar a la madre, en defecto de ambos, a los que ejerzan su representación legal, la inscripción tardía del respectivo nacimiento.

Comentario: En este sentido creo que el que en mejor condiciones para la detección de estos problemas es el ministerio de Salud ya que ellos cuentan con los ayudantes rurales de salud que se encuentran en todos los municipios si tenemos índices de vacunación por encima del 95% para vacunarlos debemos de pedir la partida de nacimiento y al no tenerla informar al Registro de Estado Familiar del caso, todos los trámites de que requieran en salud debe de presentarse la partida.

Pero si queremos hacerlo rápido podemos echar mano a los estudiantes de bachillerato organizándoos y dándoles horas sociales así como a los universitarios, para hacer una encuesta nacional de pesquisa de personas sin partida de nacimiento.

Los procedimientos y pruebas requeridas por los artículos 16 y 28 de la Ley transitoria del Registro del Estado Familiar y de registros patrimoniales del Matrimonio.

Comentario: Nos debemos quedar solo con el Registro de del estado Natural y a mi juicio la prueba fehaciente de la persona son la huellas digitales como nosotros los llamamos plantares, registrarlos y después que los padres se registren. El niño allí estas y estas son sus huellas y los presuntos padres o responsables son y registrar los nombres, es mas se debe de pedir a la madre el nombre del padre y si él quiere recusar la paternidad debe hacerse la prueba de ADN bajo su cuenta y riesgo.

Las inscripciones que se efectúen amparo de dicho programa serán gratuitas y no causarán ninguna multa.

Comentario: En hora buena y que bien no hay más comentarios.

Adicionalmente a los procedimientos y pruebas indicadas en dicho programa se deberá contemplar medidas y mecanismos adecuados para evitar inscripciones fraudulentas, indebidas o erróneas.

Comentario: De esto ya hemos tenido de personas que las hemos pillado en irregularidades pero ha sido los plantares lo que nos ha resulto los casos pero si se tiene dudas se puede recurrir a la prueba de ADN que está al alcance en Medicina Legal, hay solución a nuestro alcance.

Quiero agregar que los plantares de obtiene en los partos hospitalarios, las parteras autorizadas y las unidades de salud con testigos que den fe del nacimiento.

Santa Ana, 06 de mayo de 2015.     

lunes, 4 de mayo de 2015

MARASMO

Desnutrición Severa tipo Marasmo.



Tenía mucho tiempo de no ver un cuadro tan severo de desnutrición y tipo marasmo, toda la vida para mí son los casos más difíciles de tratar pues para llegar a ello el niño ha comenzado a comerse a sí mismo, para sobrevivir, no tiene ninguna reserva de calorías como es la grasa subcutánea ha depletado su glucógeno y el poco glicógeno que usa para obtener energía lo toma de su masa muscular transformado sus proteínas en el ciclo de Krebs, se mantiene vivo consumiendo sus propias proteínas.


Este es el típico niño con cara de viejito, piel pegada al hueso, pelo ralo fácilmente desprendible,   con irritabilidad marcada, siempre de mal humor, la parrilla costal visible, con proteínas séricas igual o menor de 2 mg%. Los considero como niños que ya se cansaron de vivir y esperan su muerte o la presienten.

          

El abordaje de estos pacientes es muy difícil,  pero en ellos lo más importante es la educación para evitar que se presente de nuevo y que los otros hermanos presenten el mismo cuadro.

El presente caso es el de un niño de dos años con 8 meses que es referido de AGAPE por desnutrición severa y cuadro de bronconeumonía. La historia la iniciamos desde los 4 meses de vida que el niño es ingresado por 15 días en el hospital de Sonsonate, por lo que la madre dejó de darle pecho y lo pasa a leches modificadas, presentando cuadros respiratorios con suma frecuencia, lo que lo ha llevado al presente estado, las madres siempre tratan de justificar lo que el niño presenta, según ella y el carnet de vacuas ha recibido todas las inmunizaciones para su edad en el momento que se le han programado, hasta este momento todo parecía ser como la madre nos da la historia, pero como estos casos son evaluados por todo el equipo de pediatría social Trabajo social informa que el niño no está con el padre y que la hermanita de 6 mese es de otro papá, el padre cuenta que el niño fue llevado por él a el programa de Libras de amor, donde se lo entregaron recuperado y en buenas condiciones, pero la madre se le dio la custodia en forma legal, pero que el siempre ha estado pendiente pero la madre no se lo quiere dar. Todo esto se averiguó por que el padre y la madre tuvieron una acalorada discusión.


Como venos el caso no es tan simple hay problemas legales y posiblemente descuido de la madre. Con una simple historia no se pueden obtener muchos datos que hacen la diferencia, pero debemos seguir buscando más datos clínicos que apoyen nuestro diagnostico o que nos den una idea completa que estamos enfrentado, sigo pensando la historia es importante parte del diagnostico.

                                                                                     


Desgraciadamente en niño murió un día feriado el 1 de Mayo durante el turno y el hospital entrega el expediente al archivo y cuesta mucho buscar los datos que deseaba darles a conocer, espero tenga la confianza en mi persona para aceptar mi palabra de los que recuerdo y los comentaré según los se los de.

Lo que  llama la atención la leucopenia persistente nunca pasó de 8 mil con una franca neutropenia que el niño parecía séptico clínicamte ya reaccionaba cono un inmuno deficiente pareciera que la médula no responde y que ya sacó todos los neutrófilos, si había bandemia lo que indica que si trataba de defenderse pero que no tenía soldados, sus reservas estaban a 0, la proteína C reactiva era positiva lo que confirma que es un cuadro inflamatorio, su hemoglobina era de 9 indicando una anemia que era microcítica hipo-crómica que indica una deficiencia de hierro, las plaquetas se encontraban en límites normales, la saturación de oxígeno era del 95% con 100% de oxígeno con bolsa de reservorio, los electrolitos séricos todos bajos como los niños desnutridos y tratándolo con solución de Hartmannn a los 2/3. Las enzimas hepáticas ligeramente aumentadas con vemos en los desnutridos.

El abordaje terapéutico empírico pensado que pude tratarse de un St. aureus o una bacteria Gram - se cubre con 3 antibióticos, Metromidazol oral carecemos Ev. que es el ideal, Amikasina y Ceftrixona. Oxígeno por mascaría con bolsa de reservorio pero el paciente fallece antes de 48 horas de ingreso.

En conclusión:

  1. Desnutrición severa tipo marasmo.
  2. Descuido materno.
  3. Sepsis
  4. Descartar TB.
  5. Conflicto legal de los padres. 



 

sábado, 2 de mayo de 2015

Titulo VII

Disposiciones Finales. Transitorias, Derogatorias y Vigencia.

Capitulo Único
Artículo 248.- Revisión de la situación de las niñas, niño y adolescentes

Al momento de la entrada en vigencia de la presente ley, las niñas, niños y adolescentes que se encuentren institucionalizados en centros de internamiento público o privados pasarán a disposición de juez competente, el cual con la asistencia del ISNA procederá a la revisión de la situación jurídica de aquellos con el propósito de aplicar, principalmente, las medidas de protección judiciales que resulten apropiadas para garantizar los derechos contemplados en la presente Ley.

Comentario: Muy buena la intensión pero la dura realidad los que hemos seguido de cerca es muy diferente y se enfrasco en la búsqueda de familiares de estos y hacer que los familiares por fuerza se hagan cargo de ellos, sin preguntarles si se hacen responsables o si desean a hacerlo, no hay firma de acta de aceptación de estos familiares y mucho menos compromiso, pareciera que la consigna era deshacerse de ellos a como diera lugar y con esto destruyeron albergues como la Ciudad de los Niños acá en Santa Ana. Pro ya no importa el daño está hecho, espero no tengamos efectos adversos, no es de la noche a la mañana para hacerlo con se ha hecho.

El juez que dictó la medida deberá continuar conociendo sobre la misma y deberá privilegiar la integración a su familia nuclear y de no ser ello posible las medidas del acogimiento familiar.

Comentario: La teoría es excelente, pero me pregunto de cuantos jueces estamos hablando ya que el número de menores institucionalizados es considerable y por lo menos de ser al menos entrevistados lo ideal es que sean visitados en los hogares familiares alternos al menos una vez al mes hasta que alcancen su mayoría de edad.

En caso que el juez competente podrá adoptar las medidas administrativas que sean adecuadas en el interés superior de la niña, el niño y el adolescente.

Comentario: Espero se cumpla este inciso pero lo dudo mucho.


Santa Ana, 2 de mayo de 2015. 

martes, 28 de abril de 2015

Artículo 247.- Registro de audiencias LEPINA

El juez o el tribunal podrán ordenar la grabación de las audiencias que se celebre conforme a esta Ley por medios audiovisuales, cuando existan los recursos materiales necesarios para tal efecto y siempre que se salvaguarde el derecho a la propios imagen de las niñas, niños y adolescentes.

Comentario: Es interesante que ya se permita este tipo de registro y lo mejor que sean validos en un juicio, es un documento, nos modernizamos, eso es bueno.

El registro audiovisual cualquiera que fuese el medio de almacenamiento se incorporará al expediente judicial, debiéndose levantar un acta donde conste el día el lugar, hora, autoridad judicial quien celebró el proceso al que corresponde y los nombres de las partes, abogados, peritos, testigos e intérpretes que intervinieron.

Comentario: Es la forma correcta de adjuntar los testimonios audiovisuales y certificar su autenticidad de lo contrario se siembra la duda de la veracidad, de estas ayudas. Solo debe de buscarse que no sean editados.

Las partes podrán solicitar copia de los soportes en que hubiera quedado gravada la audiencia.

Comentario: Esto es también una forma de que no sean alteradas las grabaciones y el derecho de las partes a estudiar los testimonios tal como ocurrieron.


Santa Ana, 28 de abril de 2015. 

lunes, 27 de abril de 2015

¿Cuándo un niño está preparado para caminar?

El desarrollo es un proceso continuo de metas que va cumpliendo el niño si nos saltamos algunas podemos alterar el orden de este proceso, todo tiene su momento y para cada niño es diferente por eso vemos que hay rangos entre la edad que se presentará, así que lo puede lograr desde los 9 meses hasta los 15 meses, no nos desesperemos el momento llegará, hoy un refrán que dice no por mucho madrugar amanece más temprano.

En el proceso la columna vertebral juega un papel importante, al inicio no sostiene la cabeza desarrolla el cuello y luego las curvaturas normales se van desarrollando para que el hombre pueda ponerse de pie, tiene que haber desarrollado la cintura escapular lo que se desarrolla con el gateo, que es importante para la coordinación de hombro mano, pero que también, la vita se acostumbra a una medida tan importante para la motricidad fina, la cual se alterará si no hay gateo, entonces no solo es las estructuras óseas y musculares sino que vita y calculo, con el desarrollo de esta cintura también se desarrolla la cintura pélvica para lo cual debe de hacer una buena moldura de la articulación del acetábulo, que en la vida adulta hará que la necesidad de prótesis de caderas sean menos frecuentes, si esto no ocurre a los 40 años necesitará caderas de reemplazo usualmente metálicas o plásticas conocidas como prótesis.

No por caminar rápido el desarrollo será mejor, el IQ no tiene nada que ver con el caminar, yo les digo a las madres de mis pacientes que le pidan a Dios que tarde en caminar ya que al hacerlo pierden su tranquilidad, el cuido del niño es más difícil, el niño gana autonomía.

No quiero dejar pasar por alto que la media antigua era el coco sagrado, del codo a la punta de los dedos, prueba de ello es que es la medida pera la construcción de las pirámides de Egipto, si no tiene este concepto el niño no se ubicará en el espacio.

Pero unas palabras en contra de las andaderas tradicionales, separan la articulación de la cadera no se moldea el acetábulo,  pero las fracturas de cráneo son frecuentes y en general todos los accidentes ocurren con suma frecuencia.

El signo más efectivo que nos dice que un niño pronto caminará es que se pueda sentar solo, luego se paran con ayuda y sorprendentemente el niño camina, la mayoría corre pero es algo fisiológico ellos quieren alcanzar el centro de gravedad hasta que se pueden apoyar en algo, es muy bello ver esta etapa del desarrollo y los padres deben de disfrutarla.

No hemos más que dado una pincelada de esta etapa, se que se me han pasado muchas cosas y lo que se puede hacer preguntar nuestras dudas para lo que me pongo a sus órdenes.


Santa Ana. 27 de abril de 2015.

viernes, 24 de abril de 2015

Cambios de la desnutrición en el Hospital Nacional San Juan de Dios de Santa Ana de 1969 al 2015.

Parece mentira  pero es parte de mi vida, considero que al inicio fue difícil hasta crear nuestras propias normas de atención ya que era frustrante nuestra morvi-mortalidad, no era la principal causa de muerte por definición esta enfermedad no es causa directa de muerte pero si es una condición que permite que otras enfermedades nos maten, en los estudios de mortalidad infantil de OMS y OPS de esa época se sabía que aumentaban la probabilidad de morir, un dato que me impacto profundamente fue que si a un niño de Canadá presentaba diarrea y a uno centroamericano la padecía este tenía  650 veces más de morir, teníamos que hacer algo y con un impacto enorme en las muertes de nuestros niños.

Con la revisión de estudios serios especialmente del INCAP (Instituto de Nutrición Centroamericano y Panamá) con sede en Guatemala, conocíamos que las principales causas de muerte de estos niños lo representaban las infecciones en su orden TGI, Pulmonares y Sepsis, allí surge la idea que debemos tratar estas en forma inmediata lo que conocimos como etapa de estabilización que suele ser en la primera semana y luego de evitar que se mueran el siguiente paso es comenzar el tratamiento de alimentación o fase de tratamiento que es de más o menos de 2 semanas y luego la preparación para el retorno a su casa que es muy importante ya que se usa para hacer que la madre conozca las causas y evitar los reingresos, ya no es solo que no se nos mueran sino que no regresen al hospital por la misma causa.

Han sido importante el tratamiento de la Rehidratación oral, como pilar fundamental, la vacunación infantil con buenas coberturas, sensibilizar a Médicos, Enfermeras e inspectores de Salud, pero en este programa lo más importante Ayudante rural de salud, que en este momento no recuerdo el nombre como se le conoce ya que este vive en la comunidad y puede hacer una vigilancia de estos niños.

Desgraciadamente hoy el problema es que no son desnutriciones primarias sino que secundarias a la cabeza las cardiopatías congénitas, enfermedades del metabolismo, genéticas como la Trisomía 21, Reflujos gastro-esofágicos y muchas más, no quiero dejar pasar de alto las aberraciones nutricionales como son la bulimia y la anorexia nerviosa.

Para complicarnos más hoy enfrenamos ya la epidemia mundial de la obesidad infantil y en nuestro servicio es de aproximadamente de un 10% de los ingresados, estamos diseñando un programa especial para enfrentar este duro problema, cuando ya esté bien conformado lo daremos a conocer.


Santa Ana, 24 de abril de 2015.