La
PNPNA proponer las directrices que sean útiles para la protección de la niñez y
adolescencia, así también deberá desarrollar y armonizar las políticas y planes
generales del Estado en relación con dichas directrices. Para tales efectos,
deberá considerar los siguientes tipos de políticas públicas:
a)
Sociales básicas
que corresponden a las condiciones mininas y universales que garanticen el
desarrollo de toda la población y en partículas las niñez y la adolescencia,
como son las relativas a la salud, la educación, la vivienda, la seguridad
social y el empleo.
Comentario: como vemos estas directrices
están enfocadas en las necesidades básicas de subsistencia salud, vivienda y
educación pero incluye a las de mejoras a la subsistencia son mas para el
desarrollo humano como es vivienda y seguridad social en el sentido amplio de
la palabra, señaladas por nuestro gran pensador Don Alberto Masferrer en su
libro el “Mínimum Vital” un librito corto pero hecho para dar a conocer la
dignidad de la persona humana.
Tal vez ampliando
un poco hablar sobre la seguridad social no solo pensemos en la vejez invalidez
y muerte, ir más allá como es el esparcimiento, derecho al descanso,
remuneración adecuada, capacitación eficiente y oportuna, digámoslo no es solo
el dar conocimiento de materias sino mas bien enseñar a vivir plena y
sanamente, como decía Marcelino Champagnat virtuosos ciudadanos, hombres en el
sentido integro de la palabra refiriéndonos como hombre a toda la especie humana.
b)
Sociales de
asistencia que comprenden las acciones estatales encaminadas a proteger
sectores de la niñez y adolescencia que se encuentran en situaciones de
exclusión social debidas a extrema pobreza , desastres naturales u otras
condiciones que impidan su desarrollo.
Comentario: Como venos en el inciso
anterior ya en parte de este pero señalemos la forma mas canalla de
exclusión social como es la mendicidad infantil y que estos son explotados por
los progenitores o los presuntos responsables y para mí los mas excluidos de
los excluidos los que forman las “maras” nombre que hoy se les da a las
pandillas juveniles que en los años 50 se inician como una rebeldía de los
adolescentes y que fueron los “rebeldes sin causa” denunciados en la literatura
y el cine de esa época y con los cuales nos identificamos las generaciones del
45 al 60, la post 2° guerra Mundial. Este fenómeno puede ser que sea anterior
pues el movimiento Scout es una forma de abordarlo con éxito y es de principio
del siglo 20.
c) Protección especial que comprenden las acciones
estatales encaminadas a la protección y restitución de los derechos de las
niñas, niños y de la adolescencia que se encuentren amenazados o que haya sido
vulnerados.
Comentario: Esto se refiere muy bien a la
mendicidad infantil y a las pandillas, esperamos el CONNA tome muy enserio este
inciso y desarrolle políticas y legislación en este sentido, puede ser la
diferencia que marque la ley a unos de los grandes problemas nacionales, ya que
el país cuenta con suficientes en las Universidades guiando a los estudiantes a
la investigación científica de estos problemas. Esta sería una forma práctica
de resolver el problema.
d) De protección jurídica que comprende todas las
actuaciones encaminadas a establecer y mantener los mecanismos legales que
permitan la efectiva defensa de la totalidad de los derechos de la niñez y
adolescencia ; y
Comentario: no es creando leyes que se
debe ver este inciso sino hacer valer muchas leyes que tiene el país para la
protección de la niñez y la adolescencia, pensamos hacer vida estas buenas
leyes y que el sistema judicial las ponga en los casos que tenga que resolver,
hablamos en dar vivencia código de familia, LEPINA y la misma Constitución de
la República.
e) Participación, que comprenden las condiciones en que
la niñez y la adolescencia se involucran directamente en su propio desarrollo y
en el de su comunidad y estado.
Comentario: Esta es la válvula de escape necesaria
para la adecuada formación de los menores, es como practicar en el futuro de
sus vidas, es el ejercicio de los deberes y derechos de los seres humanos.
La
PNPNA también fijará las directrices de coordinación y coherencia de las
políticas económicas y sociales con fines de protección integral que derivan de
la Constitución de la República, de los tratados internacionales sobre derechos
humanos vigentes en El Salvador y de esta ley.
Santa
Ana, 08/03/14.
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