Programas
Capitulo único
Artículo 116.-Finalidad
La
finalidad de los programas es la prevención, protección, atención, restitución,
promoción o difusión de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
Comentario: al fijarnos bien en el orden de las finalidades
del artículo se encuentran en un correcto orden ya que lo ideal es que no
suceda la violación a los derechos lo entiendo muy bien desde el punto de vista
médico podemos decir vacunarnos para que no pasen, pero cual sería a mi juicio
la vacuna, debemos pues fomentar la familia fuente fundamental de nuestra
sociedad, familia desintegrada es ya una vulneración a los derechos de los
niños, lo lógico la respuesta ideal sería esta pero la familia integrada en estos
momentos la podemos considerar utópica, pues para que suceda debe de estar
basada en por lo menos 3 generaciones por lo que necesitaríamos aproximadamente
60 años para llegar a tenerla, imaginemos que los abuelos inculcan a sus hijos
la responsabilidad de la crianza de los hijos, las familias de estos pueden
fallar pero al casarse no estarán pensando en divorciarse, como no lo hice en
forma correcta tengo derecho a intentarlo de nuevo y rompo la pareja y los
hijos los puedo seguir ayudando como padre proveedor esto no es responsable son
padres ausentes o de fin de semana o vacaciones, la función de padres es día a
día y 365 días al año.
Uno de los
daños más grades a esta institución es el machismo, yo engendró un hijo pero lo
puedo negar y como es en el caso en nuestro país me divorciaré hasta que mis
hijos sean mayores de edad así ya no me pueden reclamar ni siquiera
económicamente ya son adultos, esta es la salida de muchos mal llamados padres
guiados por abogados corruptos y deshonestos dan a sus clientes ayudados por
nuestro sistema de jueces que no ven más allá de sus narices, pienso que el
responsable del nacimiento de un ser no puede hacer esto y si fuese penado el
hacer padres responsables esto no debe de ser permitido, si yo fuese juez lo
enviaría a la cárcel por irresponsable o que respondiera de la manutención a la
madre, recordemos que hoy ya no se puede negar a un hijo y que las pruebas genéticas
lo dilucidan con casi el 100 % de seguridad.
Resumiendo 2
vacunas fomento de familias sólidas y dedicadas al cuido de la prole y la
segunda hacer responsables a los padres del cuidado de los hijos y que esta
responsabilidad no se pierda al llegar a la vida adulta y la tercera jueces honrados
que vean y velen por una adecuada justicia.
La protección
de la familia es indispensable, si son padres responsables acceso a créditos,
programas economía familiar, prestaciones sociales especiales para las parejas
que lo demuestren, creación de leyes que fomenten a los matrimonio verdaderos,
no a las parejas del mismo sexo por no cumplir con la misión de procrear, que
se llamen uniones legales de parejas del mismo sexo, pero acá se refiere a la
promoción de los deberes y derecho de los hijos, por eso dice literalmente
promoción o difusión de los derechos que todos los conozcamos y los cumplamos
Como vemos
este artículo define muy bien su finalidad.
Santa Ana, 19
de abril de 2014
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