Este se define cuando el abuso
sexual es cometido por persona más poderosa y que entre el abusado y la abusada
hay un vínculo afectivo (original mente era padre o madre, pero se extiende a
tíos, primos, hermanos, padrastro, abuelos, padrinos amigos de la familia
etc.), a las personas si patologías nos aterroriza, de suyo hay una patología
de parte del agresor, lo que hace sumamente difícil su denuncia y corrección,
en el día a día estos es frecuente, por lo que tenemos muchos paradigmas el
primero de ellos como yo la engendré yo la debo de gozar que aun se ve en
nuestro medio que lo usan padres y padrastros, el segundo es: como a mí me lo hicieron yo lo hago ese lo
llamo venganza, el tercer paradigma esto para mi es normal y mis creencias lo
permiten Este es el del fanatismo, pero en el fondo en que para obtener placer
sexual la otra persona debe de someterse, para sentir placer sexual debo de
sentirme poderoso.
Lo triste es que muchas de estas
víctimas son amenazada de muchas formas la más frecuente nadie te va a creer es
tu palabra contra la mía, no te lo van a creer, o si dices yo le haré daño a
alguno de tus seres queridos sabes que
lo puedo hacer o estos menstruos recurren al chantaje, recuerden que el
abusador tiene poder y puede premiar el abusado, se dan casos que la abusada
toma el rol de la madre y la madre pasa a segundo lugar.
Pero hay una faceta más que deseo
hacer le ver la madre el ser en quien uno más confía, se niega a creerle, por
un minuto pónganse en los pies de esta persona, además de abusada no es creída
y no crean que no ocurre, casi siempre es así.
Con todo este preámbulo les cuento
el siguiente caso discutimos en la
reunión de pediatría social e caso de una niña de 8 años referida del medicina
legal por abuso sexual por el padrastro
y que la madre se encuentra detenida por ser cómplice del abusador, voy
a tratar de hacer el relato como la victima lo vivió. Dice que cuando iban para
su casa después de declarar en medicina legal la niña e compañía de su madre
cuando pasó zumbado el pic-up de la policía
la madre corrió a la casa y le
dijo al marido escápate que por vos vienen, él le dijo poneme una escalera para saltarme el tapial, al hacerlo se cayó y tubo traumatismo de cráneo con herida
del cuero cabelludo por lo que fue detenido y la madre por obvia complicidad.
Esta mujer prefiere al marido que a su hija, se hace cómplice de él pero es
cómplice de todo el delito.
¿Cómo fue que llegó la niña a
medicina legal? El hermano de la madre sospechó e interrogó a la niña y esta le
confesó su problema, la niña se lo había confesado a la madre esta no tomó
ninguna medida por ello es cómplice del delito para confirmarlo toma la actitud
de protegerlo convirtiéndose en cómplice de el esto implica cárcel para ella.
¿Qué hace que un madre tengo un
actitud como esta? No debemos ser tan duros para juzgarla veamos un poco su
situación, una mujer que pierde a su esposo, posiblemente con una baja autoestima,
sin un correcto sistema de valores que encuentra una pareja que siente un apoyo
y que su hija le revela este secreto se siente de pronto en la incertidumbre de
cómo actuar, destruir su relación o proteger a su hija, estas mujeres piensan
que el hombre es para ellas el apoyo económico, el emocional y porque no su
complemento sexual, su mundo se derrumba como en un terremoto, no quiero con
esto justificarla pro si tratar de entenderla, además no conozco su escolaridad
y como fue su vida anterior hoy es cómplice de un delito y pierde su libertad.
Según abuela paterna ella desea
hacerse cargo de la niña y ya había iniciado las acciones legales y la niña
expresa claramente que no desea regresar al hogar de la madre.
Que hacemos como equipo de Pediatría
social, debemos proteger a la niña, en nuestra opinión esta niña no está sola
tiene tíos y abuela que la quieren, pero lo más importante es trabajar en ella
su daño emocional, verificar que su salud física no se encuentre dañada por un
proceso mórbido, pero por Ley quien debe de ventilar el caso es la junta de
protección al menor y le hemos informado
del caso.
Santa Ana, 24 de abril del 2013.
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