Si el demandante citado no compareciere ni hubiera alegado una constancia que motive la suspensión de la audiencia, el Juez pondrá fin al proceso sin más tramite; salvo que el demandado alegue en el acto, un interés legítimo en la continuación del mismo.
No procederá la finalización del proceso por incomparecencia en los caos de intervención, hospitalización o administración de tratamiento médico para una niña. niño o adolescente.
Los actos de interés legitimo que puede alegar el demandado son las urgencias o emergencias medicas, si no las demuestra el proceso no se detiene.
Santa Ana, de Octubre del 2021.
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