miércoles, 8 de noviembre de 2017

Artículo 154 LEPINA

Establecimiento de los comités Locales y Asistencia

En todos los municipios deberán formar Comités Locales, con los reglamentos, acuerdos y demás instrumentos jurídicos correspondientes.

El CONNA y las municipalidades, de manera coordinada y de acuerdo a sus capacidades, apoyarán financiera y técnicamente, la la creación y funcionamiento de los Comités Locales.

Comentario: Va dentro de la lógica ya que son municipales su actor principal son los municipios. Deben apegarse a las normas nacionales e internacionales para estar con armonía con el mundo, lo único que los hace diferentes es su  propia realidad variando en cada uno de los municipios razón de su diferencia ya que su realidad y recursos son diferentes.

En unos el problema puede ser falta de empleo por lo cual sus jóvenes no tienen oportunidades de estudio, por un lado y por otro el factor económico que hace que estos jóvenes se vean en la necesidad de incorporarse a temprana edad a luchar por su sustento y el de su grupo familiar, otros problemas como el abandono de uno de los padres que se ven forzados a migrar en busca de mejores oportunidades, abandono injustificado por falta de responsabilidad o muerte de los progenitores, esto a manera de ideas para los comités.

Si logramos que estos funcionen podemos ser parte de la solución de el futuro de las nuevas resoluciones, llama poderosamente que no se tome encuenta a la sociedad civil que debe de tomar parte activa de esto.

Santa Ana, 8 de Noviembre del 2017.

No hay comentarios:

Publicar un comentario