Para trabajar, los adolescentes
deberán inscribiese en el registro correspondiente que llevará el Órgano
Ejecutivo en el ramo de Trabajo y Previsión social. Dicho registro contendrá:
a) Nombre
completo;
b) Fotografía;
c) Fecha
de Nacimiento;
d) Lugar
de residencia;
e) Escuela,
Grado de escolaridad y horario escolar;
f) Nombre
de Padre, Madre, representantes o responsables;
g) Lugar
tipo y horario de trabajo;
h) Indicación
del patrono si es el caso;
i)
Examen médico; y,
j)
Cualquier otro dato que se considere oportuno
para una mejor protección en el trabajo.
Comentario: excelente pero debemos ir más allá, se debe crear una
bolsa de empleadores para estos adolescentes y al mismo tiempo una calificación
de estos empleadores y el Ministerio de trabajo hacer una labor de constatación
de los empleos, sin el empleador no está inscrito el tener trabajando
adolescente y peor aun menores se convierta
en delito punible, es triste ver que estos trabaja en lugares donde se manipula
pólvora, lupanares, vetas de comida y licores, ostreros, recolectores de moluscos
para el consumo humano, todo esto pienso que debe regularse.
Pero pienso que así como se les
exige a los que deseen ser útiles también se debe de tener un registro de los
que se dedican a mendigar, urge tener un registro de estos y así conocer mejor nuestra
realidad, los invito a que se paren en una esquina de alguna circulación, vernos
que hay malabaristas, personas con secuelas de polio y otras afecciones, que
pueden ganarse la vida de una forma más digna, que futuro espera a estas
personas, se que ganar más que pidiendo es difícil, pero al menos podríamos cuantificar
cual es el problema y buscar soluciones adecuadas, no preocupamos por los que
trabaja pero que hacemos en este problema
Santa Ana 17/06/13
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