miércoles, 31 de enero de 2018

Artículo 186 LEPINA

Atribuciones de la Junta Directiva

Son atribuciones de la Junta Directiva del Instituto:
Comentario: Se refiere al ISNA.

a) Aprobar el plan quinquenal del ISNA;

Comentario: Es de cinco años para lo que se debe proyectar, con el fin de cumplir con sus metas de acuerdo a este mismo plan., para un buen avance la defensa de los derechos de niños y adolescentes.

b) Aprobar el proyecto de Presupuesto Especial y régimen de salarios para cada ejercicio fiscal y someterlo a consideración de las autoridades correspondientes;

Comentario: Debe de ser anual no como el inciso anterior que es de 5 años, se derivará del cumplimiento de lo proyectado en el plan quinquenal y las necesidades que surjan cada año.

c) Autorizar al Director Ejecutivo cuando se estime adecuado, la  adquisición y contrataciones que no excedan del monto de la libre gestión;

Comentario: Es bueno que se limite el monto para que no se dispare el presupuesto.

d) Aprobar el plan anual de subvenciones a otras entidades de atención y sus programas;

Comentario: Recordemos que tiene la obligación de difundir y capacitar la LEPIN y se necesitan fondos para estos fines.

e) Aprobar la memoria del ISNA;

Comentario: Debe de hacerse cada año año para ser presentado a consideración ante los organismos del estado, toda entidad lo hace aún la Asamblea Nacional y los 3 poderes de estado.

f) Elaborar el reglamento interno del Instituto y dictar los reglamentos de los centros de menores a cargo del ISNA;

Comentario: Función que debe hacerse cada vez que surja un nuevo instituto o centro de menores.

g) Nombrar, remover y establecer remuneraciones del Director Ejecutivo y del Auditor Interno del ISNA;

Comentario: Otras de las acciones de toda Junta Directiva.

h) Nombrar al sustituto del Director Ejecutivo en caso de ausencia excusa o impedimento temporal de este; y,

Comentario: Ya ha sido comentado en oto momentos y es una buena forma para no detener la labor de ISNA.

i) Las demás que establezcan las Leyes y reglamentos.

Santa Ana, 31 de Enero del 2018.

martes, 30 de enero de 2018

Artículo 185 LEPINA

Sesiones, quórum y decisión colegiada

La Junta Directiva se reunirá ordinariamente una vez al mes y extraoficialmente cuando sea convocada por el Director Ejecutivo.

Comentario: Es una obligación de la Junta Directiva una reunión por semana para conocer de las denuncias, órdenes emanadas del CONNA, todas las reuniones al inicio serán de conocer y reglamento interno, para poco a poco ir tomando un rumbo.

Las que sean convocadas por el Director ejecutivo serán pues para funcionamiento o requerimiento, debemos de decir que la producción de resultado debe ajustarse a no ser muy prolongadas en lo personal una hor a lo sumo hora y media.

La Junta Directiva podrá sesionar con cuatro de sus miembros y adoptará sus decisiones por mayoría simple de los presentes.En caso de empate, el Director Prenteside, o el que haga sus veces de Director, tendrá voto calificado.

Comentario:El mínimo de Directores para sesionar es de 4 si son meno no se sesiona por falta de quórum.

El empate está considerado y se establece el que sea el Director presidente el del voto que decide para salir del impasse artículo se relación con 183 de la Lepina.

Es por lo tanto cuestión de orden.

Santa Ana, 30 de Enero del 2018.

lunes, 29 de enero de 2018

Artículo 184 LEPINA

Los directores de la sociedad

Los directores de la sociedad
Los directores de la sociedad serán elegidos aplicando un procedimiento que será definido reglamentariamente por el mismo ISNA. En todo caso, los electos no podrán ser los mismos miembros que fueren representantes de la sociedad ante el consejo directivo del CONNA.

Comentario: Es una tarea del ISNA espero se cumpla.

Las incompatibilidades y pérdida de la calidad de miembro serán las mismas establecidas por los miembros representantes de la sociedad ante el consejo del CONNA. (Artículo 135 LEPINA)

Esto se relaciona a artículo anterior.

29/017/2018.

sábado, 27 de enero de 2018

Artículo 183 LEPINA

Director presidente que será designado por el Presidente de  la República;


Comentario:  Le da la calidad de ministro de de Estado, como economía u cualquier otro ministerio pues debe de ser persona de entera confianza del Presidente sus acciones es como que el lo ejecutara enorme responsabilidad

Tiene todas las funciones de cualquier ministro debe de tomar la batuta en todo como reuniones, agenda, cabildeo cuando sea necesario, recibir la correspondencia dirigida al CONNA es un trabajo arduo y de 24 horas al día durante los 365 días del año.

Debe de ser el motor del CONNA si el no funciona los derechos de los niños y adolescente se verán afectados.

b) Director designado por el ejecutivo en el ramo de Educación.

Comentario: Es el segundo que está representado haciendo es que la educación es uno de los derechos más vulnerado, comenzando con los padres que envían a la escuela, usándolos para mendigar trabajar para sostener la familia, y los maestros que se declaran en huelga con suma facilidad, en algunos casos con suma razón en otros por puros intereses personales, por igual los que paran las consecuencias son los alumnos los que pagan el pato.

c) Director designado por el Órgano ejecutivo en el ramo de salud pública y asistencia social;

Comentario: Otro maltratador de menores como faltas frecuentes de provisión de vacunas, falta de capacidad de respuesta de Unidades de Salud, puestos de salud y hospitales de segundo y tercer nivel que se abarrotan por no descentralizarse, no se responde ágil a los llamados se compran muchos vehículos pero con el colapso del sistema vial, no son una respuesta pensemos en helicópteros. Pero debe de abastecer de medicamentos adecuados a todos los centros asis tencial, hacer realidad la medicina preventiva con medidas simples y seguras como la RHO.

d) Director nombrado por el Procurador General de la República; y,

Comentario: Otro importante dentro de este comité ya que en casos de delitos estos deben ser perfectamente encausados, para que una artimaña de el delincuente o abogados de estos el abusador sea exonerado y la vida del menor corra más peligro.

e) Dos directores de la sociedad, elegidos en proceso de selección administrados por la red compartida. 

Comentario: En muchas ocaciones habrá empates en las votaciones, pero con esto se logra el balance y las decisiones tiene que ser por consenso, no me queda claro como serán seleccionados los representantes de la Red Compartida, son de suma importancia que estén representados.

Salvo en el caso del Director presidente , habrá un director suplente por cada uno de los integrantes de la junta directiva, designado o elegido en la misma forma que lo respectivos propietarios, quienes podarán asistir a las sesiones con voz pero sin voto. Los directores suplentes sustituirán a los propietarios en caso de ausencia, pero cundo faltare el Director Presidente, las sesiones serán presididas por aquel que designe la misma Junta Directiva.

Los miembros propietarios y suplentes que integren la Junta Directiva serán funcionarios de alto nivel directivo de cada una de las instituciones representadas  de esta instancia y con la potestad suficiente para la toma de decisiones.

Todos los directores durarán en sus funciones tres años y podrán ser reelegidos por una vez.

El funcionamiento de la Junta Directiva, método de votación y sistema de dietas serán fijados reglamentariamente por el ISNA.

Comentario; Estos últimos tres incisos son pautas para  el funcionamiento, señala algo que debe de ser tomado muy encuenta reciben dietas por su trabajo por lo tanto se les puede exigir un buen cumplimiento.

Santa Ana, 27 de Enero del 2018.


viernes, 26 de enero de 2018

Artículo 182 LEPINA

Estructura organizativa

El ISNA esta compuesto por los siguientes órganos:

a) Junta directiva;

Comentario: Esta es la base de toda organización siendo la cabeza que dirige sus acciones, debe de estar íntimamente relacionada con el CONNA y su meta es la PEPENA para estar en sintonía con los entes y el deseo de todos los salvadoreños, en primer lugar sus niños y adolescentes. Su importancia es capital si no funciona sus acciones dejarán de ser.

b) Un director ejecutivo:

Comentario: El es el encargado de tomar la dirección del ISNA y en algún momento su voto decide el camino, como director puede planificar y coordinar con el equipo sus propios planes de trabajo siempre apegado a la PEPENA, necesario para que todo trabajo sea coordinado y efectivo, relacionado el ISNA con las demás instituciones y responsable de la emisión de informes y seguimiento de los programas.

c) Cualquier otro que establezca su reglamento interno y la leyes.

Comentario: se deja espacio abierto para las necesidades que surjan según se presenten  en otros momentos.

Santa Ana, 26 de Enero del 2018.


 

jueves, 25 de enero de 2018

Artículo 181 LEPINA

Ejecución y supervisión de las medidas aplicadas por los Tribunales de de menores

La ejecución y organización de programas para la implementación para las medidas dictadas por los Tribunales de Menores y de Ejecución de las medidas del Menor corresponderá al ISNA, debiendo informar periodicamente al Tribunal correspondiente todo cambio de conducta del adolescente, así como el cumplimiento de las medidas.

Comentario: el ISNA toma un papel preponderante en este momento ya que es el encargado de velar porque las medidas sean ejecutadas y de informar de los cambios de la actitud de estos sean positivas o negativas, deben informar a los Jueces de Menores, si son negativas debe de buscarse cual es la causa del fallo o acierto para estimular o corregir dicha conducta.

La duración y terminación de las medidas será determinada por la resolución judicial por el Juez de Ejecución de Medidas al Menor, para tal efecto podrá auxiliarse de los informes remitidos por el ISN.

Comentario: Esto no solo para los adolescentes debe de ser para todos, es bueno que se pidan estos programas y más aún que se ejecuten, los cambios pueden ser para mejorar o para empeorar, es mejor prevenir que lamentar se puede dar incentivos a ñas acciones positivas, en todo caso se trata de personas humanas y así deben de ser tratadas.

La duración y terminación de las medidas serán determinada por la resolución judicial por el Juez de Ejecución de Medidas al Menor, para tal efecto podrá auxiliarse de los informes remitidos por el ISNA.

Comentario: solo fijarnos en que la finalización o cambio de las medidas es territorio de los Jueces de Ejecución de Medidas.

Si al Instituto fuere remitido un adolescente sujeto a la competencia de los Tribunales de Menores lo recibirán provisionalmente debiendo ponerlo a la orden de dicha autoridad inmediatamente.

Comentario: Siempre que se dicten medidas de protección o por referencia de otro medio como puede ser PNC, personas de la red compartida o en la forma que sea es el INSNA debe hacerse presente e informar a los Juzgados de Menores de la situación.

Santa Ana, 25 de Enero del 2018. 

miércoles, 24 de enero de 2018

Artículo 180 LEPINA

Competencia

El ISNA tendrá las siguientes competencia:

a) Difundir en todo el territorio nacional la PNPNA bajo las directrices que emita del CONNA;

Comentario: Cuando usamos siglas prefiero escribir lo que significa para un mejor entendimiento así que PNPNA Política Nacional Para la Niñez y Adolescencia, CONNA Comisión Nacional de Niñez y Adolescencia, es ya más coherente y nos sienta en materia, quien tienen que divulgar y enseñar los mandatos del CONNA y que se debe de lograr con ellos es el Instituto Salvadoreño de la Niñez y Adolescencia, a ellos tenemos que recurrir para capacitarnos y conocer la Ley.

b) Coordinará y supervisar a los miembros de la red compartida e informar al conna de las infracciones e irregularidades cometidas por estos, con el propósito se deduzcan las responsabilidades correspondientes;

Comentario: Le da unas de las atribuciones importantes en especial el dirigir y coordinar las entidades de las Red Compartida quien al fin son las que ejecutarán las acciones en defensa, protección y enseñanza de la presente Ley.

c) Difundir y promover el conocimiento de los derechos y deberes de las niñas, niños y adolescentes, así como los informes del comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas.

Comentario: A esto estamos obligados por ser firmantes de la carta de los derechos internacionales del niño y que ha sido ratificada por nuestra Asamblea Nacional. Va más allá ya que obliga a que sea difundidos y el ente que cumple es el ISNA.

d) Desarrollar programas de protección, asistencia y educación para las niñas, niños y adolescentes cuyos derechos hayan sido vulnerados o se encuentren amenazados;

Comentario: cumplir y hacer cumplir con los derechos y hacer cumplir, denunciar e intervenir para que se cumplan.

e) Desarrollar programas para la formación y acreditación de familias para el acogimiento familiar;

Comentario: Es una necesidad de crear un banco de familia para el acogimiento familiar  acá solo tenemos el acogimiento institucional debemos ser muy creativos para lograrlo.

f) Prestar los servicios que fueren necesarios para la ejecución y supervisión de las medidas de protección que dicten las autoridades administrativas o judiciales competentes y asistir a todas las entidades en esta misma función;

Comentario: De suma importancia por la falta de responsabilidad de las personas que toman a su cardo ya sea voluntaria o con alguna presión por lo que frecuente se ve que son entregados a los agresores o simplemente los abandonan.

g) Elaborar planes y programas de carácter preventivo para la protección de las niñas, niños y adolescentes en su medio familiar y los de atención prestada en los centros estatales, municipales y no gubernamentales;

Comentario: La prevención es la parte fundamental para que el circulo de la violencia termine, no existiendo maltrato los maltratadores van desapareciendo, de vital importancia.

h) Promover y ejecutar estrategias, planes y programas de formación y capacitación dirigidos a la educación, mejoramiento y capacitación de recursos humanos en las áreas de atención, protección y tratamiento de la niñez y adolescencia, así como en materia de prevención de situaciones que afecten ala niña, niño adolescente y su familia; 

Comentario: Necesitamos la formación de personal para la atención de la Ley en todos los niveles, acá marca que no solo en conocimiento sino también en prevención para un ataque directo del mal.

i) Realizar y promover el desarrollo de investigaciones en materia de niñez, adolescencia y familia;

Comentario: Debemos reconocer no hay documentos de investigación en este sentido, tenemos hasta Phd en materia de educación pero no se dedica tiempo para esta causa, debemos sabre cuantos son, donde están, porque están, como podemos mejorar a la familia, se desperdicia los estudiantes en las áreas de Psicología, Derecho, Ciencias sociales cuyas tesis y estudios pueden ser de este campo, para atacar una enfermedad se debe conocer la enfermedad..

j) Aprobar proyectos de presupuesto especial y sistema de salarios, conforme lo disponen las leyes de salarios sobre esta materia;

Comentario: Esto es a más largo plazo es ideal pero el problema es hoy y hay como ejecutarlo a bajo costo.

k) Elaborar y detectar el reglamento interno y de funcionamiento del ISNA, así como los que corresponda aplicar; y,

Comentario: Una tarea que no puede faltar no se si ya se ha cumplido pero en la Ley ya está estipulado y enmarcado solo es redactarlo.

l) Los demás que le corresponda de conformidad con el ordenamiento jurídico.

Las competencias del ISNA serán ejercidas através de la Junta Directiva, la cual podrá delegar el ejercicio de las competencias que estime adecuadas a su Director Ejecutivo.

Para el cumplimiento de los fines de la presente Ley, el ISNA podrá crear delegaciones en cualquier lugar del territorio nacional.

Santa Ana, 24 de Enero del 2018.